16 August, 2021
Por: María Ximena Valdés Luna. Socia principal y gerente administrativa Valdés Abogados Aslabor
El 10 de agosto de 2021 se expidió la ley 2141, que modificó los artículos 239 y 240 del Código Sustantivo del Trabajo y creó una protección especial para la paternidad.
Algunas de las modificaciones introducidas a los citados artículos del CST, guardan relación con la ampliación de la licencia de maternidad que se formalizó en el año 2017 con la ley 1822, pues buscan precisar que el fuero de maternidad y la presunción respecto del despido de la mujer embarazada, operan durante el periodo del embarazo y las 18 semanas posteriores al parto.
Adicionalmente, esta ley creó una protección especial contra el despido, en favor del trabajador cuya cónyuge, pareja o compañera permanente, esté embarazada o se encuentre disfrutando del periodo de las 18 semanas que le siguen al parto, siempre que ella no tenga un empleo formal.
Para beneficiarse de este fuero, al trabajador le basta con notificar al empleador, verbalmente o por escrito, acompañando dicha notificación de una declaración respecto de la falta de empleo formal de la madre; el estado del embarazo debe ser acreditado dentro del mes siguiente.
Para poder despedir a un trabajador aforado por paternidad, se requiere de la obtención previa del permiso del Ministerio del Trabajo o de la Alcaldía Municipal y en caso de despido, sin el cumplimento de este requisito, procede el pago de la misma indemnización que prevé la ley laboral para el caso del despido de las mujeres con fuero de maternidad, es decir una indemnización equivalente a 60 días de salario, independiente de las demás acreencias laborales a que haya lugar.
Aunque la ley no lo señala expresamente, para la obtención de la autorización de despido, se requerirá que el empleador demuestre, ante la autoridad competente, que las razones del despido son ajenas a la condición de paternidad, es decir que existe una causal objetiva de despido o que el trabajador no cumple con los requisitos para ser beneficiario del fuero de paternidad.
Les queremos recordar a nuestros clientes, que estaremos atentos a cualquier inquietud relativa a estas nuevas disposiciones, por nuestros canales habituales.